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Referencia: NCL005947
PRIMERA DIRECTIVA 68/151/CEE, DEL CONSEJO, de 9 de marzo, tendente a coordinar, para hacerlas equivalentes, las garantías exigidas en los Estados miembros a las sociedades definidas en el segundo párrafo del artículo 58 del Tratado, para proteger los intereses de socios y terceros.

(DOCE L 65, de 14 de marzo de 1968)

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 PRIMERA DIRECTIVA 68/151/CEE, de 9 de marzo
DEL CONSEJO, tendente a coordinar, para hacerlas equivalentes, las garantías exigidas en los Estados miembros a las sociedades definidas en el segundo párrafo del artículo 58 del Tratado, para proteger los intereses de socios y terceros. (DOCE L...
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