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Aprobados los Presupuestos Generales para 2016 de Navarra

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 1 de febrero de 2016, se ha publicado la  LEY FORAL 1/2016, de 29 de enero, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2016.

En su disposición adicional trigésimo sexta incluye una modificación referida a las magnitudes excluyentes del régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, cuya regulación se contiene en la  disposición adicional cuadragésimo séptima del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio.

En concreto, con esta modificación se excluye a los socios de cooperativas en los supuestos en que la vinculación con la entidad venga determinada por su condición de consejero o administrador de ésta o por la condición de consejero o administrador de la cooperativa que tengan sus cónyuges o personas unidas por relaciones de parentesco, en línea recta o colateral, por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado, del supuesto de no aplicación del régimen de estimación objetiva en el año inmediato posterior a aquel en el que más de un 75 por 100 de los rendimientos íntegros del sujeto pasivo que correspondan a operaciones por las que exista obligación de expedir factura, tengan como destinatarios su cónyuge, descendientes, ascendientes, entidades en régimen de atribución de rentas en las que participen cualquiera de los anteriores, o entidades vinculadas con el sujeto pasivo.

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