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Aprobado el modelo de representación para el suministro electrónico de registros electrónicos de facturación en sede electrónica de la AEAT

Aprobación del modelo normalizado válido para la acreditación de la representación en el procedimiento de suministro electrónico de registros de facturación a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria en representación de terceros.

El citado modelo ha sido aprobado por la Resolución de 13 de marzo de 2017 (BOE de 24 de marzo y en vigor a partir del 25 de marzo) de la Dirección General de la AEAT, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46.2 de la Ley General Tributaria, y la necesidad de su aprobación viene motivada por la obligación de llevanza de los libros registro del IVA a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria para empresarios y profesionales y otros sujetos pasivos cuyo periodo de liquidación coincida con el mes natural de acuerdo con el artículo 71.3 del Reglamento del IVA, o la opción para el resto de sujetos pasivos que lo deseen.

Respecto al texto del documento normalizado, se precisa que no puede ser modificado, salvo que los interesados otorguen su representación en términos diferentes, pudiéndolo acreditar por cualquier otro medio válido en Derecho, exigiéndose para que la representación se entienda válidamente conferida que se acompañe junto con el modelo la documentación que, en cada caso, deba adjuntarse. Asimismo, se precisa que el referido documento no confiere al presentador la condición de representante para intervenir en otros actos o para recibir todo tipo de comunicaciones de la Administración tributaria en nombre del sujeto pasivo, aunque las mismas fueran consecuencia de los suministros electrónicos de registros realizados.

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