Junto con el Presupuesto para 2018 en el territorio de Bizkaia que actualiza la cuantía de las reducciones del IRPF así como las escalas del IRPF e ISD se han modificado los porcentajes de retención aplicables a los rendimientos del trabajo en el IRPF.
En el BOB de 29 de diciembre de 2017 se publicó junto con la NORMA FORAL 4/2017, de 28 de diciembre, del Territorio Histórico de Bizkaia, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2018, que actualizan las bases de la reducciones y las escalas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas así como los tramos de la escala de tarifas para los grupos II, III y IV en el ámbito del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y el DECRETO FORAL 152/2017, de 19 de diciembre, del Territorio Histórico de Bizkaia, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifican los porcentajes de retención aplicables a los rendimientos del trabajo.
En la NORMA FORAL 4/2017, de Presupuestos Generales se actualizan los tipos de cuantía fija de las Tasas, precios públicos y prestaciones patrimoniales de carácter público de la Diputación Foral de Bizkaia y se actualizan las bases de la reducciones y las escalas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas así como los tramos de la escala de tarifas para los grupos II, III y IV en el ámbito del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
En el ámbito del IRPF se fija la reducción por tributación conjunta en 4.282 euros anuales y de 3.720 euros en los casos de separación legal o cuando no existiera vínculo matrimonial o pareja de hecho.
Se modifican los tramos de la escala de los tipos de gravamen, manteniéndose como tipo mínimo el 23% y el tipo máximo el 49%.
Se actualiza la cantidad establecida como la minoración de la cuota que se establece en 1.410 euros y se modifican las cuantías de las deducciones por descendientes, ascendientes y por edad del contribuyente.