Publicado el Protocolo que modifica el Convenio con Bélgica para evitar la doble imposición para actualizar la definición de "autoridad competente" de Bélgica y la referencia a la atribución competencial de los impuestos sujetos al régimen de intercambio de información
En el BOE de 2 de agosto de 2018, y en vigor desde el 24 de julio del referido año, se ha publicado un Protocolo que modifica el Convenio entre el Reino de España y el Reino de Bélgica tendente a evitar la doble imposición y prevenir la evasión y el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y el Protocolo, firmados en Bruselas el 14 de junio de 1995, modificados por el Protocolo firmado en Madrid el 22 de junio de 2000 y por el Protocolo hecho en Bruselas el 2 de diciembre de 2009, hecho en Madrid el 15 de abril de 2014.
En el presente Protocolo se actualiza:
- La definición de "autoridad competente" de Bélgica incluida en el vigente Convenio de 1995: a partir de ahora Ministro de Hacienda del Gobierno federal o del Gobierno de una región o de una comunidad, o su representante autorizado (anteriormente Director General de impuestos directos), modificando para ello el apartado 1. h). 2º del artículo 3 del Convenio.
- la referencia a la atribución competencial de los impuestos sujetos al régimen de intercambio de información que introducía el anterior Protocolo de modificación, suscrito en 2009, de dicho Convenio: en nombre de los Estados contratantes, o de sus subdivisiones políticas o entidades locales (anteriormente, por los Estados contratantes, o en su nombre), modificando para ello el art. 26.1 del Convenio.